Por Beatriz Barrera Vera.

 

El pasado enero, Jacinta Ardern anunciaba su renuncia como primera ministra de Nueva Zelanda porque “este cargo conlleva una gran responsabilidad y no tengo suficiente energía para hacerle justicia”. Una decisión valiente e inusual en el mundo de la política donde mostrar la vulnerabilidad humana está penalizada. 

Sin cuestionar la razón individual y legítima que la llevó a tomar dicha decisión, el caso de Ardern abre un debate sobre una de las formas de violencia machista menos abordada: la violencia contra la mujer en política (VCMP). ¿La figura de la mujer en política es más vulnerable? ¿Reciben las mujeres el mismo trato que los hombres? 

La VCMP tiene muchas caras y dimensiones: desde asesinatos a candidatas o responsables públicas; a ataques físicos, sexuales, verbales o digitales  con el objetivo de denigrar y expulsar a las mujeres de la política y de la vida pública. Esto constituye una violación de los derechos fundamentales reconocidos  en numerosos instrumentos jurídicos internacionales. 

En particular, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, tratado internacional adoptado en 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas), señala en su artículo 7 la obligación de los estados de “tomar las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra las mujeres en la vida política y pública del país.” 

Banner Don Din pie

Los países latinoamericanos han sido los encargados de impulsar una normativa y políticas públicas de eliminación de esta forma de violencia y quienes mejor han visibilizado esta realidad. Recientemente la relatora Especial de Naciones Unidas sobre Violencia Contra la Mujer, publicaba en 2018 el informe “La violencia contra la mujer en política”(1), haciendo visible este documento en todas las agendas políticas de estados y organismos internacionales. 

Sin embargo, escasas o nulas son las referencias que existen sobre la VCMP en nuestro ordenamiento jurídico o en el de los países europeos de nuestro entorno. Tampoco existen datos claros sobre el alcance, los ámbitos o las manifestaciones de esta violencia machista. 

La Red de Mujeres de la Federación de Defensorías del Pueblo de Iberoamericana (FIO) presentó, el pasado 22 de febrero, en el debate de la 40º recomendación general de la Convención para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de las Naciones Unidas (ONU), un documento para dar un impulso decisivo a la representatividad igualitaria e inclusiva de las mujeres en los sistemas de toma de decisiones. Precisamente, una de las medidas es realizar un abordaje integral de la lucha contra la violencia política por motivos de género frente a partidos políticos, medios de comunicación y plataformas digitales. Es esencial una actuación coordinada para legislar y crear protocolos de actuación que permitan la compensación y reparación del daño que se infringe.

El liderazgo femenino pasa por denunciar, combatir y erradicar la violencia contra la mujer en política, que sólo busca atemorizarnos y expulsarnos de la vida pública. 

 

(1)Albaine, Laura (2021) Violencia contra las mujeres en política: Hoja de ruta para prevenirla, monitorearla, sancionarla y erradicarla. ONU Mujeres, PNUD e IDEA Internacional. Iniciativa ATENEA: Mecanismo para acelerar la participación política de las mujeres en América Latina. https://lac.unwomen.org/es/digiteca/publicaciones/2021/03/violencia-contra-las-mujeres-en-politica#view

 

*Beatriz Barrera Vera, adjunta de Igualdad entre Mujeres y Hombres y Violencia de Género de la Diputación del Común - Coordinadora General de la Red de Mujeres de la FIO.