Por: Jonay Acosta Armas*

El catedrático de filología hispánica Marcial Morera, corresponsable académico de la Cátedra Cultural de Silbo Gomero de la ULL que cofinancia el Cabildo de La Gomera, se ha manifestado en contra de la denominación silbo herreño, con la que un comité de expertos reunido en la Ponencia Técnica de Patrimonio Arqueológico, Etnográfico y Paleontológico (entre ellos, él mismo), celebrada el 19 de marzo de 2019, aprobó unánimemente denominar a este Bien de Interés Cultural.

La competencia lingüística de cualquier hispanohablante le permite deducir que la expresión silbo gomero no es un compuesto sintagmático del tipo ensaladilla rusa o tortilla francesa, tal y como sostiene el profesor Morera. Si hiciéramos una encuesta sociolingüística acerca de su definición a una muestra mínimamente representativa de la sociedad canaria, ninguno de los encuestados daría la explicación (que no definición) propuesta por este profesor: «cierto tipo de silbo articulado constituido por dos vocales y cuatro consonantes que se usa, no solo en La Gomera, sino también en El Hierro y en Tenerife, para silbar las sílabas de las palabras corrientes y darles así mayor alcance auditivo». Al contrario, todos ellos harían una lectura composicional de su significado, definiendo silbo gomero como ‘lenguaje silbado que se usa en La Gomera’. Por otra parte, el profesor Morera, reconocido especialista en morfosintaxis, lexicología y lexicografía del español, sabe que en los sintagmas terminológicos ensaladilla rusa o tortilla francesa el valor gentilicio del adjetivo queda tan difuminado que, difícilmente, se percibe como ‘ensaladilla de Rusia’ o ‘tortilla de Francia’. De hecho, tales sintagmas suelen perder el sustantivo, conservando solo el adjetivo, tal y como sucede en mayonesa o hamburguesa, que se identifican con una salsa y una carne molida, respectivamente, y no con las ciudades de Mahón, Bayona o Hamburgo. Pero, evidentemente, esto no sucede en silbo gomero, donde el adjetivo gentilicio siempre se entiende indudablemente como ‘de La Gomera’, de manera que esta parte de su explicación no resulta convincente. Tampoco en su aspecto técnico la explicación del profesor resultaría satisfactoria: si entre los encuestados se encontrase, por ejemplo, el maestro silbador don Isidro Ortiz o cualquiera de sus alumnos, la corregiría, proponiéndole un sistema vocálico alternativo formado por cuatro unidades, que es el que figura en el apartado «El silfateo» del Programa de Contenidos Canarios El silbo gomero. Materiales didácticos (2005) y el que se enseña en los centros educativos de La Gomera. Así pues, la explicación del profesor Morera parece problemática no solo en el uso actual del español de Canarias, sino en el uso actual del propio silbo gomero.

Por todo lo anterior, deduzco que el profesor, como los poetas, ha creado un plano referencial ficticio desde el cual poder añadir connotaciones al significado propio de silbo gomero, llegando incluso a cambiar el estatuto sintáctico de la expresión: de sintagma a palabra. El resultado ha sido una expresión y una explicación ad hoc que pretenden dar una solución filológica (a mi juicio, forzada) a un problema político. Por supuesto, conociéndole, no dudo de que lo haya hecho con la mejor de las intenciones: tratar de preservar ambos silbos, adaptando su discurso a las cuestionables circunstancias políticas que todos conocemos.

Parece cierto que el sintagma silbo gomero no se ha lexicalizado aún, como sí lo han hecho, por ejemplo, ensaladilla rusa y tortura china. Para empezar, ningún hispanohablante (canario o no) se referiría al silbo practicado en Grecia como **silbo gomero griego. Sin embargo, sí que sería probable que denominara ensaladilla rusa alemana a la Kartoffelsalat o tortura china española al funcionamiento habitual de nuestra burocracia. Esto se debe, principalmente, a que silbo gomero es una construcción sintáctica demasiado reciente en la vida del español de Canarias: su existencia en la variedad oral y popular de nuestro dialecto no va más allá de los años sesenta, momento en el cual esta manifestación cultural en peligro de extinción se comenzó a revalorizar y se dio a conocer masivamente a través de los medios de comunicación. Dudo muchísimo que los pastores gomeros (y canarios, en general) de aquel entonces tuvieran conversaciones del tipo: «Chano, voy a darle un silbo gomero a Goyo para que nos ayude a guardar las cabras». Esto parece más propio de un diálogo inserto en una novela costumbrista o de una representación folklórica que de una situación comunicativa real. Aunque el profesor Morera no cita la tradición silbadora de la Aldea de San Nicolás de Tolentino, recogida por Maximiano Trapero en los años noventa y rescatada recientemente por David Díaz Reyes, tanto en La Gomera como en El Hierro, Tenerife y Gran Canaria existe una sola denominación popular para el fenómeno en cuestión: la palabra simple silbo, que es la que se recoge en las grabaciones más antiguas disponibles. Y la existencia de esta palabra silbo, con su acepción ‘comunicación mediante silbos’, presente en las Islas que lo practican, hace totalmente superflua e innecesaria la introducción de un neologismo tan circunstancialmente local como silbo gomero. Por esta misma razón, la expresión resulta inaceptable para los silbadores de otras Islas (entre los que, evidentemente, están los herreños) como denominación de su propio silbo, lo que es un argumento más para mantener la palabra simple con que tradicionalmente se le ha conocido.

Y, en efecto, este segundo argumento es de naturaleza histórica: el sintagma silbo gomero también es un término relativamente reciente en la literatura científica, pues remonta a los estudios que el profesor escocés André Classe llevó a cabo sobre el silbo gomero a mediados del siglo pasado y, por tanto, siempre se refiere a la variedad gomera del español silbado. Anteriormente, en las primeras publicaciones científicas dedicadas al estudio del silbo, que remontan a finales del siglo XIX, se le llamaba simplemente lenguaje silbado: tal es el caso de la publicación de Max Quedenfeldt, quien, en 1887, hablaba de «Die Pfeifsprache auf der Insel Gomera» (‘El lenguaje silbado en la isla de La Gomera’), o la de Joseph Lajard, quien, en 1891, tituló la suya Le langage sifflé des Canaries (‘El lenguaje silbado de las [Islas] Canarias’). Este investigador francés llevó a cabo su estudio con varios silbadores herreños, mayormente panaderos y residentes en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, lo cual nos puede dar una ligera idea acerca del grado de vitalidad que poseía el silbo en El Hierro a finales del s. XIX. Y, cuarenta años más tarde, en 1932, otro francés, Robert Ricard, se manifestó en los mismos términos con su «A propos du langage sifflé des Canaries» (‘A propósito del lenguaje silbado de las [Islas] Canarias’). De manera que fueron los trabajos tardíos del profesor Classe (1956) y, posteriormente, del profesor Ramón Trujillo (1978) los que han consagrado la denominación de silbo gomero, denominación que corresponde, por supuesto, a la realidad geográfica en la que ambos estudiaron el silbo, pero que no niega, ni puede negar, la evidencia de su existencia en otros lugares. 

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En este sentido, nos parecen especialmente dignos de atención y mención algunos de los últimos estudios y testimonios que reconocen la existencia de lenguajes silbados en otras Islas, como, por ejemplo, el Proyecto de Fin de Carrera que, en el año 2000, matriculó la ingeniera de telecomunicaciones Rosa Delia Santiago con el título Estudio sonométrico del silbo gomero y herreño, o el apartado que el erudito alemán Jens Lüdtke, fallecido el año pasado y conocedor y defensor de la realidad lingüística canaria, dedicó, en 2014, a «El lenguaje silbado de La Gomera y El Hierro» en su obra Los orígenes de la lengua española en América

En definitiva, desde hace más de un siglo, tanto la tradición científica como la popular han reconocido el lenguaje silbado como una manifestación cultural de ámbito canario, no solo gomera, hecho que pone de manifiesto la impropiedad de la explicación del profesor Morera, sin que esta afirmación mía suponga en absoluto negar que ha sido en la isla de La Gomera donde con mayor fuerza y éxito se ha defendido el silbo. En lo que quiero insistir es en la verdad indiscutible de que el español de Canarias no se ha silbado exclusivamente en La Gomera, por lo que resulta abusivo denominar silbo gomero al que se ha practicado tradicionalmente en otras Islas. Más aún, cuando la denominación silbo gomero fue registrada como marca por el Cabildo de La Gomera el 24 de octubre de 2017, con la referencia M3688067(1) de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

A mi juicio, y haciendo uso de los calificativos empleados por el profesor Morera, el carácter sustitutivo de los lenguajes silbados hace que cualquier denominación gentilicia resulte «mezquina, insularista y pueblerina». Sobre todo, cuando tales denominaciones se pretenden imponer al silbo (a secas) de otras Islas desde el sector político, tal y como ha sucedido en esta ocasión. La «visión internacional» que reclama este profesor exigiría una denominación más científica, explicativa e inclusiva, siendo «español silbado» (o, si se prefiere, «español silbado en Canarias») la que, en mi opinión, se ajustaría más al fenómeno real. Así pues, silbo gomero, silbo herreño, silbo grancanario o silbo tinerfeño no son sino manifestaciones insulares de un fenómeno archipielágico que se denomina español silbado en Canarias. Imponer el nombre de silbo gomero al español silbado en las otras Islas que lo practican y han practicado supondría una inexactitud y un abuso, que generaría innecesarios, indeseables e injustos problemas interinsulares.

Cada una de estas manifestaciones merece un trato igualitario, tanto en su estudio científico como en el nivel de su protección y promoción. Si hasta ahora no ha sido así, ello se debe a factores externos y no a su grado de importancia o de conservación: recordemos que, también en La Gomera, el silbo estuvo a punto de desaparecer. Les estamos agradecidos a los gomeros por sus esfuerzos en la conservación de este bien cultural: vaya por delante nuestro reconocimiento por su labor. Pero también queremos recordar que esta manifestación cultural no es exclusivamente característica de La Gomera, sino que se trata de un fenómeno que se ha dado también en otras Islas. Por eso, a la hora de llevar a cabo la labor de protección y promoción del español silbado en Canarias, resulta conveniente aplicarle la denominación gentilicia de la Isla en la que se ha practicado y se practica para, así, evitar empleos abusivos de un término común. Sin duda, el reconocimiento del fenómeno a nivel archipielágico y el estudio particular de cada variedad insular redundará en un mejor conocimiento científico de este patrimonio universal y en un bien para toda Canarias.

Jonay Acosta Armas*

Sobrino, nieto y bisnieto de silbadores herreños.