Gelmert Finol/Belén Allende defiende la reforma de la Ley 6/2002 de Ordenación Territorial del Turismo en El Hierro, La Gomera y La Palma, la Presidenta del Cabildo de El Hierro y Parlamentaria regional, ha defendido hoy jueves 18 de agosto, la reforma del texto legal, que tramitará el Parlamento de Canarias de forma definitiva en el mes de septiembre, y que dotará ha estas islas de un procedimiento exprés para su desarrollo turístico, tanto para proyectos y actuaciones públicos como privados, previstos en el planeamiento general o insular de ordenación, como los que no lo estén, siempre que sean declarados de interés insular por el Cabildo de la isla.

En declaraciones, Belén Allende, ha expresado que lo que se pretende con la modificación de esta Ley es la posibilidad de un desarrollo equilibrado en las islas no capitalinas, y que estas islas puedan decidir según su planeamiento un desarrollo sostenible del sector turístico, un modelo que asegura Allende, “tiene que ser diferenciado, equilibrado y adaptado a su entorno” pero que permita la capacidad de desarrollo para las mismas.

“Defendemos un desarrollo equilibrado, sostenible y adaptado a la realidad insular de cada una de las islas” expresa Allende.

En este sentido, la presidenta insular asegura que los que se oponen a esta modificación de la Ley, “lo hacen por desconocimiento de la misma” y porque, “es fácil legislar, decir y exigir desde las islas capitalinas desconociendo las realidades insulares” matizó Allende, quien sañalo la necesidad de que esta reforma de la Ley se lleve a cabo y que no se impida el desarrollo de las islas pequeñas, un desarrollo adaptado a su entorno y medio natural, con standards de hoy en día.

La reforma

El objetivo de la reforma es adoptar medidas urgentes dirigida a la ejecución de los planeamientos, con el fin de crear empleo, e incentivar el crecimiento turístico de las isla menores. Tras la aprobación de la Ley de “instrumentos de planificación singular turística” para “actuaciones estratégicas turísticas insulares”, la declaración como tal del Cabildo bastará para legitimarlas forma directa dichas actuaciones, dejando sin efecto lo estipulado en el plan general o insular. La Ley permitirá la aprobación de proyectos y actuaciones públicos como privados como hoteles de entre 40 y 200 camas.

Una vez y tras la declaración del Cabildo, el expediente saldrá a información pública, y se dará audiencia a los propietarios de suelo afectados, durante un mes. Simultáneamente, y por igual período, podrán presentar sus informes el Gobierno canario y los ayuntamientos de los municipios afectados, sin que su no emisión interrumpa la tramitación del procedimiento, y no se tendrán en cuenta si llegan fuera de plazo. Finalmente, el pleno del Cabildo, lo aprobará con las condiciones y medidas correctoras que estime necesarias tras las alegaciones e informes recibidos.

Esta reforma de la Ley 6/2002 de Ordenación Territorial del Turismo en El Hierro, La Gomera y La Palma, ha sido propiciada por Coalición Canaria (CC) y Partido Socialista (PSOE), con el apoyo del Partido Popular (PP) y la Agrupación Socialista Gomera (ASG). Mientras que, Nueva Canarias (NC) y Podemos se han posicionado en contra de la misma, y pretenden denunciar ante distintos organismos jurídicos nacionales e internacionales la ley que regula la actividad turística de las islas no capitalinas. 

La nueva regulación establecerá también la necesidad de corregir la Ley 6/2002 en cuanto a la superficie mínima exigida de la parcela donde se construirá el hotel. Así, cuando se trate de suelo rústico de protección agraria, el tamaño oscilará entre 2.500 metros cuadrados para establecimientos de hasta 10 camas, y 6.000 si tiene entre 21 y 40 plazas. En otras categorías de suelo, los requisitos de superficie serán de 5.000 y 7.500 metros cuadrados, en los respectivos tramos citados.

En hoteles de mediana dimensión, el criterio será, en suelo rústico agrario, de 250 metros cuadrados por cada cama (cuando la oferta alojativa se sitúe entre 41 y 100 plazas), y de 200 metros cuadrados por cama (entre 101 y 200 plazas). En suelo rústico, la superficie necesaria por cama es mayor, 400 y 500 metros cuadrados en esos dos tramos, respectivamente. La construcción solo podrá ocupar el 20% de la superficie de la unidad apta para edificar.

Estos hoteles rurales se podrán construir en suelo forestal y de protección territoriales, siempre que sean compatibles con los recursos que albergan estas zonas. Así mismo se permitirá que los establecimientos alojativos puedan ocupar suelo rústico de protección paisajística, pero para ello sus proyectos arquitectónicos deberán integrarse en el paisaje. 

La reforma de la Ley 6/2002 también permitirá a los cabildos, a través de los planes insulares de ordenación, ordenar directamente suelos urbanizables de uso turístico “de trascendencia insular o supralocal”, solicitando antes al ayuntamiento afectado un informe preceptivo.

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