GMº/Estas ayudas aprobadas por el Consejo de Gobierno del Cabildo de El Hierro en Sesión Ordinaria el pasado 14 de septiembre, están destinadas a sufragar los gastos de transporte a los estudiantes herreños que cursen sus estudios fuera de la isla. El plazo se amplia hasta el próximo 2 de noviembre.

Según las bases de la Convocatoria de Becas al Transporte de Estudiantes Herreños curso 2020-21 y sucesivos, el plazo de presentación de solicitudes finalizaba el 31 de octubre. 

Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 30. “Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente”. En este caso siendo el 1 de noviembre inhábil, se ampliará el plazo de presentación de solicitudes hasta el día 2 de noviembre. 

Los solicitantes de esta convocatoria están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con el Cabildo de El Hierro, de acuerdo con el artículo 14.2 de la LPAC. El formulario normalizado de solicitud, está accesible desde el catálogo de procedimientos de la sede electrónica del Cabildo Insular https://elhierro.sedelectronica.es, en el apartado de “trámites destacados” y cuyo uso es obligatorio. 

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Para acogerse a estas ayudas, los solicitantes deben cumplir con los requisitos expresados en la convocatoria:

1.- Estar empadronados en cualquier municipio de la isla de El Hierro, al menos durante el último año. En el supuesto de que el interesado no cumpla la condición mencionada anteriormente, podrá acreditar tal condición de empadronamiento con el empadronamiento de su padre, madre o tutor legal, al menos durante los tres últimos años. En el caso de no poder cumplir alguna de las condiciones anteriores tendrán la condición de beneficiario los hijos de emigrantes herreños retornados a esta isla en los últimos tres años.

2.- Tener menos de treinta años o haberlos cumplido dentro del curso escolar correspondiente, entendiendo como fecha de finalización del mencionado curso el 30 de septiembre del último ejercicio, ejem.: (30 de septiembre de 2020 para el curso 2019-2020).

3.- Han de acreditar documentalmente que están realizando o pretenden iniciar los estudios para los que soliciten la ayuda.

4.- No serán beneficiarios de estas becas los estudiantes de la Universidad Nacional a Distancia U.N.E.D., excepto en aquellos centros dependientes de la U.N.E.D. que por su plan formativo imparta sus titulaciones mediante clases presenciales/semipresenciales.