Redacción/Los vecinos de Valverde, La Frontera y El Pinar, a partir de mañana sábado día 2 de mayo, podrán hacer deporte y pasear entre las 06:00 horas y las 23:00 horas, no aplicando las dos franjas horarias determinadas para  estas actividades en el resto de territorio, debido a que los municipios herreños están constituidos por núcleos poblacionales separados de menos de 5.000 habitantes, según informa la Dirección General de la Administración del Estado en El Hierro.

El ayuntamiento de Valverde ha informado que ante las dudas surgidas entre los vecinos para la práctica deportiva en este municipio a partir de mañana sábado día 2 de mayo, tras la consulta realizada ante la Dirección General de la Administración del Estado en El Hierro, el municipio de Valverde no se establecen franjas horarias para la práctica deportiva individual, tal como establece el Artículo 5, punto 2 de  la Orden SND/380/2020, de 30 de abril: “Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la práctica de actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre las 6:00 horas y las 23:00 horas”.

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Así mismo hay que tener en cuenta lo establecido en el artículo 4, punto 3. de la citada Orden: “No se podrá hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física prevista en esta orden”.

Desde al ayuntamiento capitalino hacen un llamamiento a los vecinos para continuar actuando como se ha venido haciendo hasta ahora con total responsabilidad y civismo, respetando las normas establecidas, ya que aún nos encontramos en situación de alarma y el virus aún no ha sido vencido, es por ello que a continuación indicamos algunas recomendaciones para evitar el contagio, que vienen recogidas en la mencionada Orden:

- Durante la práctica de las actividades físicas autorizadas por esta orden deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros.

- Se deben evitar los espacios concurridos, así como aquellos lugares donde puedan existir aglomeraciones.

  • Deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.