Redacción/Así lo ha dado a conocer el Ministro de Sanidad, Salvador Illa, en la tarde de hoy viernes, 15 de mayo. A las islas de El Hierro, La Gomera y La Graciosa, se une Formentera, en el Archipiélago Balear, que pasarán a la Fase II el próximo lunes, 18 de mayo. 

La Fase II (fase intermedia) de desescalada permite la ampliación de las medidas y actividades ya permitidas en la Fase I, e implementan otras relacionadas con actividades de índole social y de ocio.

Se permite el contacto social en grupos más amplios, en reuniones de hasta 15 personas (en Fase I eran 10) para personas no vulnerables ni con patologías previas.

Viajes a segundas residencias siempre que estén en la misma "provincia", en el caso de Canarias el ámbito es insular. Salvo alguna variación, no estará permitido el traslado de particulares fuera de la Isla y tampoco la entrada de ciudadanos a través del Puerto y Aeropuerto, “salvo casos justificados”. 

Viajar libremente sin justificación podrá producirse a partir de la Fase III (previsiblemente a partir del próximo 8 de junio), siempre y cuando el territorio de procedencia o destino tenga el mismo nivel (Fase III ) que El Hierro en este caso. Es decir para poder viajar a Tenerife o viceversa, desde Tenerife a El Hierro, ambos territorios deben tener el mismo nivel (Fase III ).

Se autorizan, bajo ciertas condiciones la celebraciones de boda, con un número limitado de asistentes.

Además, los velatorios podrán congregar a un número más amplio de asistentes que en la Fase I, con la presencia de hasta 15 personas en recintos cerrados y a 25 en abiertos, con protocolos de distancia física y seguridad.

Visitas de un familiar a personas con discapacidad en residencias y viviendas tuteladas. Excepto en el caso de las residencias de mayores.

Apertura al público de los Museos de Ciencia y Tecnología y de las Casas de la Ciencia, bajo las mismas normas vigentes para los demás museos y centros culturales.

Joyeria Bazar Elvira pie

Apertura al público de los centros o parques comerciales, prohibiendo la permanencia en las zonas comunes o áreas recreativas. Aforo limitado al 40%, garantizando una distancia mínima de 2 metros distancia entre clientes. En los locales en los que no sea posible dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente. Se establecerá un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años.

En mercadillos y mercados al aire libre, podrá ampliarse el número de puestos que pueden operar a un tercio de los habituales, o distancia de separación similar con aumento de superficie, con las medidas señaladas en la Fase I.

Apertura de los centros educativos y de formación (autoescuelas, academias, etc.) que no estén incluidos en los apartados de Educación y Ciencia. Se establecerán las medidas de distanciamiento, higiene y protección oportunas.

Se podrán reabrir institutos y centros educativos con tres fines: llevar a cabo actividades de refuerzo para aquellos alumnos que necesiten apoyo, atender a los niños menores de seis años cuyos padres deben trabajar de forma presencial y llevar a cabo las pruebas de la EBAU. (En el caso de las Islas será decisión de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias). 

Para locales, consumo en el local con servicio en mesa con garantía de separación entre clientes en mesa y entre mesas, excepto discotecas y bares nocturnos. Limitación a un tercio de aforo. Solo consumo sentados o para llevar.

En alojamientos turísticos, se permite apertura de zonas comunes limitadas a un tercio de aforo excepto hostelería, restaurantes y cafeterías que se sujetarán a las restricciones previstas para este sector.

Se permite la reanudación de caza y pesca deportiva.

Se permite la apertura Salas de Cines, teatros, auditorios y espacios similares (con butaca pre-asignada) con una limitación de aforo de un tercio.

En Monumentos y otros equipamientos culturales,  solo están permitidas las  visitas; no las actividades culturales, con un tercio de aforo.

Se permite la apertura de salas de exposiciones, salas de conferencias y salas multiuso con un tercio de aforo y con control de aglomeraciones.

Se permite la celebración de actos y espectáculos culturales de menos de 50 personas en lugares cerrados (un tercio de aforo).

Se permite la celebración de actos y espectáculos culturales y de ocio al aire libre de menos de 400 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria).

Turismo activo y de naturaleza para grupos más amplios de personas.

Espectáculos y actividades deportivas al aire libre con aforo limitado, en términos similares a las actividades culturales y de ocio de esta fase.

Se permite la apertura de instalaciones deportivas en espacios cerrados sin público (solo para practicar deportes en los que no exista contacto o el riesgo de contagio sea bajo).

Limitación de un 50% del aforo en lugares de culto religioso, entre otras medidas de alivio. 

Todas las medidas adoptadas para la Fase II de desescalada serán dadas a conocer por el Ministerio de Sanidad, tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado de las normas definitivas.