Por Luciano Eutimio Armas Morales

La Ley Volstead, conocida como la Ley Seca, por la que se prohibía la fabricación, importación, venta, transporte o comercio de bebidas alcohólicas en el territorio de los Estados Unidos, entró en vigor el 16 de enero de 1920.

¿Dejaron de consumir bebidas alcohólicas los americanos?
Todo lo contrario. Parece que con el morbo añadido de constituir algo prohibido, el consumo de bebidas alcohólicas continuó en ascenso en los Estados Unidos, y como no se podían obtener legalmente, proliferaron las bandas de delincuentes destinados a este comercio ilícito, lo cual provocó un enriquecimiento espectacular de los mafiosos, que incluso llegaron a fletar barcos para importar ilegalmente ron desde Cuba.

Las rivalidades entre bandas mafiosas provocaron guerras y batallas con cientos de muertos, entre los que se contaron muchos policías que caían en los enfrentamientos con los delincuentes, cuyos hechos han sido ampliamente difundidos en literatura, en cine y en TV, figurando entre los más conocidos, Alphonse Capone entre los mafiosos y Eliot Ness entre los policías.

¿Cuáles fueron las consecuencias de esta Ley Seca?

Pues que los americanos no dejaron de consumir alcohol, pero en cambio, el estado dejó de recaudar impuestos. Los delincuentes ser enriquecieron de forma astronómica. Aumentó la inseguridad ciudadana. Cientos de policías y sicarios murieron en esas batallas contra el Sindicato Nacional del Crimen, fundado en Nueva York por mafiosos italianos y judíos. Y además, muchos ciudadanos se intoxicaron por consumir alcohol adulterado y sin garantías sanitarias.

Me viene a la mente esta reflexión, sobre las consecuencias sociales de una prohibición sobre algo que los ciudadanos demandan o necesitan sin que se le ofrezcan alternativas, y de cómo al final, en lugar de proteger el bien objeto de esa ley, lo que provoca es un deterioro de ese mismo bien y la proliferación de actos o actividades ilegales, resultandos perjudicados los ciudadanos respetuosos con las leyes y el patrimonio o el bienestar del conjunto de los ciudadanos.

“Desde hace más de veinte años, no está permitido construir en Canarias un edificio residencial en suelo rústico”. Con esta frase categórica, comienza un magnífico artículo publicado por el Diario de Avisos del 17.10.2021, bajo el título de “El valor etnográfico, la mejor opción para vivir en el campo”, del que es autor el Jurista y Técnico de Territorio y Urbanismo del Cabildo de El Hierro, José Gavilán López. Estamos pues, en un marco jurídico, que podríamos asimilar a una “ley seca del territorio”.

¿Y cuales han sido las consecuencias de esta “ley seca del territorio” durante más de veinte años sin poder construir en rústico?

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Que han proliferado las construcciones ilegales, desordenadas, adefésicas, disociadas con el medio y que no responden a criterios estéticos ni patrimoniales, provocando un perjuicio para las administraciones, que no perciben ingresos por las licencias, agravios comparativos con los ciudadanos respetuosos con las leyes, y unos daños irreversibles al bien más preciado, frágil y escaso, como es el territorio y el paisaje.
Diversas leyes o disposiciones han tratado de poner coto a esta situación, promulgado una especie de amnistía para las construcciones ilegales. Comenzó la consejera del Gobierno de Canarias María Eugenia Márquez en 1997, que afectaba a unas treinta mil viviendas ilegales, y ha continuado con otros intentos que siempre se acompañaban con una declaración de intenciones: “Borrón y cuenta nueva”, y así hasta el siguiente borrón.

En Lanzarote, por ejemplo, se han construido catorce hoteles ilegales, y cuando alguno se ha sentido amenazado por actuaciones de las administraciones competentes en territorio, sacan los trabajadores a la calle y los ponen de parapeto diciendo que, si se cierra el hotel, se van a perder no sé cuentos puestos de trabajo. Y aquí no pasa nada.

Durante décadas, una verdadera maraña de leyes y reglamentos sobre el suelo con interpretaciones divergentes sobre las mismas, han dificultado el propósito de todas ellas que, no obstante, sin excepción, declaran solemnemente la prioridad de proteger la ordenación del territorio y del paisaje que tienen una gran fragilidad medioambiental en nuestras islas, y hacerlo compatible con las necesarias actividades económicas y sociales imprescindibles para el bienestar de la población.

¿Y cuál ha sido una alternativa propuesta a esta situación?

La Ley 4/2007, llamada con muchas pretensiones “Ley del suelo y de los espacios naturales de Canarias”, en su preámbulo dice que: “La protección, ordenación y uso del suelo insular (territorio) requiere de normas y reglas que lo aseguren y que ordenen el conjunto de intereses legítimos, tanto públicos como privados, que confluyen sobre el mismo, de un modo racional y sostenible. La regulación del suelo es necesaria e imprescindible”. Y subrayo lo de “necesaria e imprescindible” por su rotundidad.

Pero esta ley, en realidad, viene a ser otro intento de “borrón y cuenta nueva”. Es otra ley más, otro brindis al sol con un bonito preámbulo, pero que no es una alternativa realista y factible, ante el desorden urbanístico endémico que sufrimos en nuestras islas.

Viene a decir José Gavilán en su artículo, que precisamente la Ley 4/2017, “… permite la puesta en valor del patrimonio, mediante el fomento de la conservación, restauración y rehabilitación, en particular de las edificaciones con valor histórico, arquitectónico, artístico, arqueológico, etnográfico, paleontológico, científico o técnico, ya sea con fines de conservación, residenciales o turístico, aunque no esté expresamente recogido en el planeamiento municipal”.

Y entonces, nos encontramos con la madre del cordero:

¿Quién tiene competencias para atribuir a una construcción, que pudiera ser una cuadra o un pajero, un valor que lo haga susceptible de una restauración que permita convertirlo en uso residencial o turístico sin estar catalogado? ¿Cuándo y en qué condiciones, en una categoría de suelo no urbano, se puede construir para uso de vivienda vacacional?

Como muy bien señala Gavilán, hay dos alternativas: Un reglamento u ordenanza que defina claramente que requisitos deben cumplirse para permitir esa clasificación, o que técnicos cualificados en patrimonio y territorio certifiquen en cada caso, cuales son susceptibles de acogerse a esa categoría. Pero resulta que no tenemos ni una cosa, ni la otra. Estamos en un limbo jurídico.

¿Y por qué ocurre todo esto?

No tenemos técnicos ni medios, porque la miopía y visión cortoplacista de algunos políticos, impiden situar el planeamiento y el territorio en el lugar preeminente que le corresponde. Está claro que en Canarias tenemos algo muy valioso y cotizado, como es el clima, el sol, nuestras costas y la seguridad ciudadana. Pero eso tan valioso y cotizado, es algo que OBTIENEN GRATUITAMENTE los inversores cuando simplemente adquieren una parcela de nuestro suelo, con lo cual, la tentación a la especulación y la corrupción urbanística está servida.

Quedan muy bien cara a la galería, esos preámbulos tan ampulosos de leyes sobre el territorio, y esa pretendida descentralización en aras de la agilidad administrativa, pero si a las administraciones que asumen esas competencias, ya sean cabildos o ayuntamientos, no se le dotan de los medios necesarios, sería por poner un ejemplo, como si para descongestionar los hospitales y las listas de espera, de pronto al iluminado de turno se le ocurre la idea de que los pacientes sean derivados en todos los casos a los ambulatorios, sin que estos tengan los equipos ni medios tecnológicos y humanos para atender a los pacientes.

La ordenación del territorio, cuyas decisiones suelen ser irreversibles cara a futuras generaciones y que implica coordinar actuaciones tan relevantes como la infraestructura viaria; los suelos urbanos y residenciales; las actividades económicas agrarias, industriales o de servicios; el paisaje; las redes de suministro de electricidad o agua potable o de regadío; el turismo; el tratamiento de residuos o las canalizaciones de saneamiento y aguas residuales, es sin duda alguna, el verdadero esqueleto y sistema arterial de una sociedad, que configura y condiciona su desarrollo socio-económico y su futuro.

Pero habitualmente no se le da importancia a esta parcela tan trascendental de una administración pública, y se relega a la categoría de “las asignaturas marías” de nuestros estudios de bachiller. Es decir, tenemos consejerías o departamentos de urbanismo porque están en el programa, pero no se les dota de medios, competencias y personal suficientes, acordes con la trascendencia que tiene para el futuro de una población o una isla.

Decisiones de gran trascendencia en el urbanismo o la ordenación del territorio, se toman a veces al capricho del alcalde, concejal o consejero de turno, sin verdadero rigor y sin el asesoramiento de profesionales competentes, cuando no para favorecer los intereses del ciudadano equis en detrimento del bien común.

¿Y qué dicen las ahora leyes vigentes en esta materia?

Que se puede construir o rehabilitar construcciones para uso residencial o turístico en determinados suelos, aunque el planeamiento municipal vigente no lo prevea. Pero el verdadero problema, es que ni hay una ordenanza que lo defina, ni se le dota a los cabildos y ayuntamientos de los medios y técnicos cualificados en territorio o patrimonio.

Ocurre en parte, porque algunos consideran que resulta más rentable políticamente y se obtienen más votos, invirtiendo doscientos mil euros en asfaltar la entrada de unos vecinos, que en encargar un Plan Territorial Especial de Ordenación de Residuos. Por poner un ejemplo. Y ese el verdadero problema. Ese es el origen del tapón en nuestro desarrollo económico y social, el malestar, la incertidumbre y el deterioro irreversible de nuestro más preciado bien, como es el territorio, ya que la miopía y visión cortoplacista de algunos políticos, impiden situar el planeamiento y el territorio en el lugar preeminente que le corresponde.

Afortunadamente, el Cabildo de El Hierro dispone de técnicos muy cualificados y con sensibilidad y experiencia en territorio, en patrimonio y en medio ambiente, pero si no se les dota de los medios y facultades necesarias, acordes con las responsabilidades que para el desarrollo social y económico de nuestra Isla tienen sus competencias, y si no hay sensibilidad política sobre la gran trascendencia que tiene el territorio para todas las actividades económicas y sociales, pobres resultados podemos esperar.

Resumiendo, como bien dice José Gavilán, tenemos unas leyes que permiten en algunos casos, rehabilitar o construir en suelo rústico. Pero si no tenemos una ordenanza o personal y técnicos cualificados, es como si, por poner un ejemplo, nos tuviesen confinados durante veinte años en nuestra Isla, y de pronto aprueban una ley que nos dice que podemos ir a Tenerife. Pero si no tenemos barcos o aviones autorizados para estos viajes, las alternativas que nos quedan sería ir nadando, o en una embarcación clandestina e ilegal.


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