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GMº/El Gobierno de Canarias sitúa a El Hierro en “semáforo rojo epidemiológico”, un semáforo basado en la incidencia del CVID19 en cada isla, y que toma como referencia el cálculo según su área de asignación, que superen los 100 casos por cada 100.000 habitantes en la incidencia acumulada de casos diagnosticados en los últimos 7 días. Los datos de de este cálculo de ratios, es actualizado cada 7 días. 

En la actualidad, con los datos publicados el pasado 02 de septiembre, El Hierro, se sitúa en la parte alta de esta tabla, con un índice de 273,52; seguido por Gran Canaria, con un índice de 180,44; Lanzarote con 179,92; Fuerteventura, con 87,26; Tenerife con 37,04; La Palma, con 22,98; y la Gomera con 13,95. En cuanto a la cifra de incidencia acumulada global, Canarias se sitúa en 106,99 de incidencia acumulada.

En las isla situadas en el nivel rojo del “semáforo epidemiológico”, se aplicarán medidas de intervención administrativa de carácter específico como las  vigentes a 4 de septiembre:

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No se autorizarán los eventos de más de 10 personas.

Los establecimientos de hostelería, restauración, terrazas, bares y restaurantes de playa, deben cerrar a las 00:00 h y no pueden admitir nuevos clientes a partir de las 23:00 h.

Se cerrarán al uso los centros de día no ocupacionales.

Estas prohibiciones se aplicarán durante los 15 días siguientes al momento en que se publique la superación de 100 casos/100.000 habitantes en la incidencia acumulada de casos diagnosticados en los últimos 7 días.

https://www.gobiernodecanarias.org/principal/coronavirus/semaforo/

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Redacción/El plazo finaliza el próximo 30 de septiembre, el formulario de inscripción está disponible a través de su página web, o  de forma telefónica en horario de lunes a viernes de 8.00 a 11:00 horas. La prueba de clasificación y acceso se realizara el próximo viernes, 25 de septiembre, de forma telemática.

Las vacantes para este nuevo curso 2020/2021 en idioma Aleman: A2.1: 38 vacantes; A2.2: 36 vacantes; B2.1: 25 vacantes.

En idioma Ingles: A2.1: 40 vacantes; A2.2: 34 vacantes; B1.1: 32 vacantes; B1.2: 29 vacantes; B2.1: 28 vacantes; B2.2: 28 vacantes; C1.2: 15 vacantes.

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El proceso de matrícula, para el alumnado de continuidad, constara de cumplimentar el formulario de inscripción, comprobante del pago de tasas,  documento 700 desde la página de la Agencia Tributaria Canaria y realizar el pago, bien de forma telemática, o acudiendo a tu banco. En caso de tener derecho a reducción o excención del pago, deberá aportarse la documentación que así lo acredite.

Para los nuevos alumnos de además del formulario de inscripción, comprobante del pago de tasas, documento 700 desde la página de la Agencia Tributaria Canaria; deberá estar acompañado de fotocopia del DNI, fotografía y Tarjeta sanitaria.

Toda la documentación esta disponible http://www3.gobiernodecanarias.org/medusa/edublogs/eoivalverde/cita-previa/ , o en el teléfono 922551141, en horario de lunes a viernes de 8:00 a 11:00 horas, y puede ser remitida a través del correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), o entregarlo de forma presencial en la secretaría del centro, solicitando cita previa a través de nuestro correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).

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Ratio: 3 / 5

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Redacción/La Consejería de Sanidad incremento de julio a agosto el número de PCR para el diagnóstico de la COVID-19 realizadas en la isla, donde pasó de las 168 pruebas realizadas en julio a las 552 de agosto, es decir, un 227,97% más.

La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha realizado en agosto un total de 67.564 PCR para el diagnóstico de la COVID-19, es decir, 27.433 más que en el mes de julio, cuando se realizaron 40.131. Este ritmo de trabajo en la toma de muestras y análisis de las PCR representa un incremento del 40,60% de julio ha agosto.

Sanidad ha informado que, dado el repunte en el número de contagios que se ha experimentado en el Archipiélago en las últimas semanas, la intención de la Consejería es seguir incrementando en los próximos meses el número de PCR realizadas, duplicándolas también en septiembre con respecto a agosto. Con ello se busca contener los contagios por coronavirus en Canarias gracias a la detección precoz de casos, lo que permite aislar y tratar a las personas afectadas, evitando que propaguen el virus al resto de la ciudadanía.

Por islas, la isla que más incrementó el número de PCR realizadas fue El Hierro, donde se pasó de las 168 de julio a las 552 de agosto, es decir, un 227,97% más. En Gran Canaria, la isla más afectada en esta segunda oleada de la pandemia, el incremento entre julio y agosto en el número de PCR representa el 62,90%, ya que se ha pasado de las 10.871 de julio a las 29.306 de agosto. 

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Por su parte, en Tenerife en agosto se realizaron 24.566 PCR, lo que supone un 36,40% más que en julio, ya que en ese mes se hicieron 14.523 pruebas. En Lanzarote, el aumento de PCR es de 3.505, ya que en julio se hicieron 2.251 y en agosto, 5.756, es decir, un 60,89% más.

En Fuerteventura el incremento representa un 46,91%, pues se pasó de las 1.437 a las 2.707 pruebas PCR. En La Palma, en agosto se realizaron 2.777 PCR, lo que supone un 24,45% más que en julio, cuando se hicieron 2.098.

En La Gomera el aumento entre julio y agosto fue de 320, ya que en julio se hicieron 554 y en agosto, 874, lo que representa un incremento de 36,61% más.

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Redacción/El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó hoy jueves, 03 de septiembre, el decreto ley que establece el régimen sancionador por incumplimiento de las medidas de prevención y contención frente a la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Canarias, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. Asimismo, se acordó remitirlo al Parlamento de Canarias para su posterior convalidación.

Entre otros supuestos, este decreto ley contempla como infracción muy grave (con multa de 60.001 hasta los 600.000 euros) el incumplimiento de los límites de aforo establecidos por las órdenes o medidas vigentes relativas a la COVID-19, cuando el aforo efectivo del local supere en el 100% el aforo permitido y además ese aforo efectivo sea superior a 150 personas.

El objeto del decreto ley es el establecimiento de deberes de cautela y protección, medidas de vigilancia y control, así como del régimen sancionador que garantice el cumplimiento de las medidas y obligaciones contenidas en las disposiciones o en los actos en materia de salud pública adoptados por la autoridad estatal o autonómica como consecuencia de la COVID-19.

La norma también incluye como infracciones muy graves:

La organización y promoción de eventos o cualquier tipo de acto en espacios públicos o privados en los que se incumplan las restricciones de celebración, no hayan sido autorizadas en los casos en los que sea exigible, o se incumplan gravemente las medidas de prevención establecidas para estos, cuando participen más de 200 personas.

La conducta tipificada como infracción grave, si en un año antes de cometerla, la persona responsable de ella ha sido sancionada por el mismo tipo infractor mediante resolución firme.

La realización de otras acciones u omisiones que infrinjan las obligaciones o restricciones establecidas por el Estado o la Comunidad Autónoma de Canarias para afrontar la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 que produzcan un riesgo o un daño muy grave para la salud de la población.

Infracciones graves:

Las infracciones graves (con multa de 3.001 a 60.000 euros) incluyen:

El consumo en grupo de alcohol o estupefacientes en la vía pública en grupo de número superior a 10 personas.

El incumplimiento del deber de observancia del aislamiento prescrito por profesionales sanitarios con funciones de detección, seguimiento y control de la enfermedad, cuando se trate de pacientes diagnosticados con COVID-19.

La organización y promoción de eventos o cualquier tipo de acto, en espacios públicos o privados, en los que se incumplan las restricciones de celebración, no hayan sido autorizadas en los casos en los que sea exigible, o se incumplan gravemente las medidas de prevención establecidas para estos, cuando participen más de 20 personas y hasta 200.

O el incumplimiento de los límites de aforo establecidos por las órdenes o medidas vigentes relativas al COVID-19, cuando el aforo efectivo en el local supere en un 50% el aforo permitido y ese aforo efectivo sea superior a 20 personas, siempre que la conducta no sea constitutiva de infracción muy grave.

Asimismo, son infracciones graves el incumplimiento de la obligación de inhabilitar la pista de baile para este uso; el incumplimiento de la elaboración y ejecución del plan de contingencia o del protocolo contra el COVID-19 cuando se esté obligado a ello de acuerdo con las órdenes o medidas dictadas por la autoridad competente: los incumplimientos de las prohibiciones relativas a la apertura de locales adoptadas en el ámbito de la medidas y contención de la COVID-19, y el mantenimiento de un trabajador en su puesto de trabajo, en cualquier tipo de establecimientos, hogares, centros y residencias de servicios sociales, cuando se conozca que el mismo tiene síntomas evidentes de haber contraído la enfermedad, o haya dado positivo en la COVID-19.

En esta categoría de infracciones graves entra también:

El impedir cualquier actividad inspectora o la comprobación relativa a los hechos.

La resistencia a suministrar datos o la obstrucción a facilitar datos, así como el suministro de información inexacta.

O la negativa a colaborar con la autoridad sanitaria, los agentes de la autoridad correspondientes, Policía Local, Cuerpo General de la Policía Canaria y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que se encuentren en el ejercicio de su empleo o cargo, así como la realización de otras acciones u omisiones que infrinjan las obligaciones o restricciones establecidas por el Estado o la Comunidad Autónoma de Canarias para afrontar la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 que produzcan un riesgo o un daño grave para la salud de la población.

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Infracciones leves:

Por último, las infracciones leves (que comportan multas de 100 euros hasta 3.000 euros) incluyen:

El incumplimiento de la obligación del uso de la mascarilla o uso inadecuado.

El incumplimiento reiterado de la obligación del uso de la mascarilla o uso inadecuado.

El incumplimiento de las restricciones de fumar, usar dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas, shisha o asimilados impuestas por autoridad sanitaria para la prevención de la COVID-19, o el consumo en grupo de alcohol o estupefacientes en la vía pública en nú-mero inferior a 10 personas.

Cabe destacar que, en el supuesto concreto de incumplimiento de la obligación de llevar mascarillas o hacer un uso indebido, corresponderá una sanción de multa de 100 euros.

De la misma manera, se incluyen:

La negativa a la realización de pruebas de diagnósticas para la detección del COVID-19 prescritas por los profesionales sanitarios con funciones de detección, seguimiento y control de la enfermedad.

El incumplimiento de las normas u órdenes de limitación a la libertad deambulatoria dictadas para la prevención de la COVID-19.

O el incumplimiento del deber de observancia de la cuarentena recomendada o prescrita por profesionales sanitarios con funciones de detección, seguimiento y control de la enfermedad, cuando se trate de contactos estrechos de pacientes diagnosticados con COVID-19, con sintomatología compatible con la enfermedad o cualquier otro motivo por el que haya sido recomendada o prescrita.

Además, las infracciones leves también abarcan:

El incumplimiento de los límites de aforo de los locales abiertos al público establecidos por las órdenes o medidas vigentes relativas al Covid-19, cuando la conducta no sea constitutiva de infracción grave o muy grave.

La participación en reuniones, eventos o cualquier tipo de acto, en espacios públicos o privados, en los que se incumplan las restricciones de celebración o se incumplan gravemente de forma evidente las medidas de prevención establecidas para esto.

O la organización y promoción de eventos o cualquier tipo de acto, en espacios públicos o privados, en los que se incumplan las restricciones de celebración, no hayan sido autorizadas en los casos en los que sea exigible, o se incumplan gravemente las medidas de prevención establecidas para estos, cuando participen hasta 20 personas.

También entran en esta categoría de infracciones leves:

El incumplimiento en los establecimientos, locales y espacios, así como los organizadores y promotores de hecho o de derecho de actividades y eventos de cualquier naturaleza, de los deberes de instar el cumplimiento a los usuarios y asistentes que incumplan las obligaciones de uso de mascarilla, distancia de seguridad interpersonal, higiene de manos, condiciones de separación de espacios o grupos o régimen de horarios de cierre establecidos por la autoridad sanitaria para la contención o prevención de la COVID-19.

Y el incumplimiento en los establecimientos, locales y espacios, así como los organizadores y promotores de hecho o de derecho de actividades y eventos de cualquier naturaleza, de los deberes de rotulación sobre el aforo e información sobre medidas de higiene y distanciamiento social establecidas por la autoridad sanitaria para la contención o prevención de la COVID-19. 

Las infracciones leves incluyen:

El incumplimiento de la obligación de informar a las personas residentes, visitantes o usuarias sobre el régimen horario, distancia mínima interpersonal y de la obligatoriedad del uso de la mascarilla.

El incumplimiento del régimen de visitas, salidas e ingresos establecidos en los planes de contingencia de los centros de servicios sociales, y cualquier otro incumplimiento de las obligaciones y restricciones establecidas por el Estado o por la Comunidad Autónoma de Canarias para afrontar la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 y que no esté calificada como falta leve, grave o muy grave por este decreto ley.

Prescripción y sanciones accesorias:

Las infracciones tipificadas como leves prescribirán en el plazo de un año, las tipificadas como graves, en el de dos años; y las tipificadas como muy graves, en el de tres años.

En los casos de infracciones graves, atendiendo a la gravedad de los hechos, riesgo y circunstancias, se podrá acordar como sanción accesoria, previa audiencia del interesado, el cierre del local o establecimiento donde se haya producido la infracción o la prohibición de realizar la actividad, durante el plazo máximo de tres meses.

De igual forma, en los casos de infracciones muy graves se podrá acordar como sanción accesoria, previa audiencia del interesado, el cierre del local o establecimiento donde se haya producido la infracción o la prohibición de realizar la actividad, durante el plazo máximo de tres meses.

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Ratio: 5 / 5

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Redacción/Las principales asociaciones empresariales de la Isla, la Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de El Hierro, el Centro de Iniciativas y Turismo CIT El Hierro, la Asociación Herreña de Turismo Rural, Asociación de Centros de Buceo Fondos de El Hierro, Sector de transportistas, Bares y Restauración, Comercio, Hospedaje, entre otros, exigen a las instituciones herreñas responsabilidad ante adopción de medidas para el control de actual brote de coronavirus que vive la isla, unas medidas que tal y como se han planteado asfixian a todo el tejido productivo insular.

“No estamos en contra de las medidas para el control de la pandemia, estamos en contra de que sean improvisas y que solo lleven a la paralización total y no se midan las consecuencias, aterrorizando a la población y quienes nos visitan o quieren visitarnos por la falta de gestión” expresan desde estas entidades en un comunicado.

Unas decisiones “maximalistas” y “catastrofistas” que han dado punto y final al verano en nuestra isla, y cercenado la temporada turística para todo el sector empresarial de El Hierro, que afecta a la totalidad del tejido productivo insular, contabilizando un indice de entre el 50% - 60% de perdidas en los diferentes sectores, desde la adopción de las medidas para hacer frente a la crisis sanitaria del Covid-19, avaladas en el Comité de Seguimiento del Covid19 en El Hierro.

Los empresarios herreños, acusan a los responsables institucionales de actuar sin planificación, sin criterio, de manera incompetente, he irresponsable, con decisiones basadas en la improvisación, “el pasado domingo, 30 de agosto, el Cabildo de El Hierro publicaba un decreto con nuevas medidas restrictivas para hacer frente al aumento de casos en la isla, tras conocer 21 casos positivos en COVID19 que sumados a los casos anteriormente detectados contabilizaban 37 casos activos en la Isla, a día de hoy, y tras la reunión del Comité de Seguimiento del Covid19 en El Hierro, en el día de ayer miércoles, 02 de septiembre, con 38 casos activos de COVID19, la institución valora positivamente, y anuncia que se pueda revertir la situación y, durante el fin de semana, flexibilizar alguna de las medidas reabriendo playas, zonas de baños, y centros turísticos, sustituyéndolas por control de aforo”, lo representa a nuestro entender una muestra más del nivel de improvisación, “Necesitamos una reapertura organizada con normas de aforo, controles de seguridad y salud y un plan de actuación en cada caso” expresan desde estas entidades. 

Es necesario contar con un Plan de actuación consensuado frente al COVID19, que contemple los diferentes escenarios que se pueden plantear y se que van a plantear mientras tengamos que convivir con el COVID19, incidiendo en una serie de acciones de vigilancia, y control estricto y duradero durante se mantenga la situación de pandemia en puntos claves de nuestra isla, como son el Puerto y Aeropuerto, espacios públicos y turísticos, así como en el conjunto de eventos y actividades culturales y de ocio que tienen como epicentro El Hierro, y que representan la estabilidad económica y social de nuestra gente. 

Reforzar el sistema sanitario de nuestra isla, con mas personal y medios, es la primera medida que debe adoptarse para el control y actuación de esta situación, cuestiones que al contrario, se han visto mermadas durante esta pandemia en el sistema sanitario insular y más aún con la medidas establecidas, las cuales propician la cancelación de citas y especialidades medicas para cualquier otro tipo de patologías.

“No se pueden tener unas medidas de quita y pon, que básicamente se reducen a cerrar todo sea cual sea el caso y escenario, poniendo en riesgo la estabilidad socioeconómica de nuestra isla y nuestra gente” expresan desde estas entidades.

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La envergadura del mensaje contradictorio en el que se han instalado los máximos responsables institucionales han provocado la cancelación masiva de reservas en locales alojativos de la isla, cancelación de vuelos y travesías, coches de alquiler y por ende la cancelación de todas las actividades de ocio que se realizan en la isla, como el buceo, el parapente, el senderismo, montan bike, entre otros, afectando no solo a las empresas dedicadas a este sector, si no, a la hostelería, la restauración y todo el comercio minorista de nuestra isla.

“Una paralización total del sector productivo de la isla, que sume a empresarios y trabajadores en la ruina económica, dejándolos a merced de unas ayudas prometidas por el Cabildo de El Hierro, que siete meses después del inicio de la pandemia, y pese a ser tramitadas por el procedimiento de urgencia para agilizar su tramite, aún no han llegado” expresan desde estas entidades. 

APYME EL Hierro, desde el inicio de la pandemia se viene proponiendo una serie de acciones de vigilancia y control, una labor que ademas de garantizar la vigilancia y control y evolución del COVID-19, viene a ser un nuevo nicho generador de empleo para nuestra isla, con nuevos puestos de trabajos.

“No debemos tener una sociedad paralizada por el miedo al COVID-19 cuando con planificación, prevención, seguridad y control se puede garantizar la seguridad de ciudadanos y visitantes, al tiempo que se puede generar empleo  y contribuir al desarrollo de la sociedad herreña en esta Nueva Normalidad” expresan desde estas entidades.

“La solución a los brotes o los rebrotes, independientemente del numero y gravedad no puede ser la improvisación del cerramos todo y ya está, tenemos que tener un plan de actuación, consesuado, participativo y del conocimiento de todos los involucrados y afectados, incluso de la ciudadania que tiene que saber como actuar en cada momento” expresan.

“Es necesaria la responsabilidad social y económica en la toma de decisiones,  con acciones de vigilancia, y control estricto y duradero durante se mantenga la situación de pandemia” expresan desde estas entidades.

Pedimos a nuestros responsables políticos escuchen y apliquen las medidas adecuadas y efectivas en la gestión de la situación que todos estamos padeciendo y corrijan aquellas acciones aplicadas que no nos benefician.

“Es imprescindible adaptar la respuesta en forma de medidas, en cada momento al nivel de emergencia que tengamos, de lo contrario, esto acaba en un estado de incertidumbre continua, que va en contra de los intereses de todos y no es compatible ni con la vieja, ni la nueva normalidad” expresan desde estas entidades.

Exigimos que responsables políticos, expertos, empresarios y sociedad civil, elaboren un Plan de Actuación para el control del COVID 19 consensuado, que sirva de hoja de ruta para las futuras actuaciones en este sentido y evite las consecuencias de los últimos acontecimientos en relación a una pandemia y situación sanitaria con la que vamos a tener que convivir.

 

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