La Audiencia Provincial absuelve a los tres investigados por prevaricación urbanística, por la ampliación de una pista en La Frontera

Foto de archivo.

Redacción/La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, notifico el pasado lunes, la absolución del consejero del Cabildo de El Hierro, Juan Pedro Sánchez (AHI), un funcionario del área de Agricultura del Cabildo de El Hierro y un ingeniero externo a la institución, de los delitos de prevaricación urbanística, ordenación del territorio y, de negociación prohibida en el caso del funcionario público, por las obras de acondicionamiento de la pista agrícola Malnombre-La Ladera, en el municipio de La Frontera.

El tribunal absuelve al consejero del Cabildo de El Hierro, Juan Pedro Sánchez, y los dos ingenieros imputados.

Sánchez, el funcionario y el ingeniero externo fueron denunciados por presuntas irregularidades en la ejecución de obra de una pista agraria en La Frontera. La causa fue juzgada del 7 al 10 de octubre en la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. 

La Audiencia Provincial concluye que la actuación se realizó conforme a un procedimiento administrativo válido, “no se demostró intencionalidad delictiva en ninguno de los acusados”. El proyecto contó con informes favorables del Ayuntamiento de Frontera y de los servicios técnicos del Cabildo, y la pista seguía un trazado preexistente, por lo que “no puede considerarse una nueva construcción contraria al planeamiento”.

La Sala reconoce que existía un posible conflicto de intereses por parte del funcionario de la consejería de Agricultura del Cabildo de El Hierro, por ser propietario de una de las parcelas de esta zona, pero señaló “que no se acreditó aprovechamiento personal ni beneficio económico derivado de su participación”. En su caso, el tribunal señala que, aunque la falta de abstención podría tener relevancia administrativa, no constituye delito penal. 

El fallo señala que las decisiones técnicas o administrativas discutibles no pueden equipararse a conductas arbitrarias o dolosas. “La ilegalidad no siempre implica arbitrariedad”.

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, resuelve dejar sin efecto cualquier medida de demolición o restitución del terreno, ya que la obra es legalizable conforme a la normativa vigente del suelo rústico

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