La justicia solicita la apertura de juicio a un empresario de El Hierro por la difusión de datos médicos de una consejera de El Hierro

Foto de archivo.

Redacción/El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Valverde de El Hierro ha finalizado la instrucción de la causa abierta contra un empresario hotelero de la isla por un presunto delito de revelación de secretos, tras apreciar indicios de que difundió datos médicos de la actual consejera de Turismo del Cabildo de El Hierro, María del Mar Suárez Armas (Davinia Suárez), sin su consentimiento.

El juez considera que existen “sólidos indicios de criminalidad” y acuerda el procedimiento abreviado abierto contra el empresario.

Según el auto judicial, el empresario solicitó al Cabildo de El Hierro la dimisión de la consejera insular Davinia Suárez, basándose en un informe médico privado de la propia consejera.

En el auto dictado el pasado 3 de junio, el actual juez del Tribunal de Instancia de Valverde, Antonio Mazuecos, considera que existen “sólidos indicios de criminalidad” y acuerda transformar las diligencias previas en procedimiento abreviado, y dar traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas para que soliciten la apertura de juicio oral, el sobreseimiento de la causa o, de forma excepcional, la práctica de diligencias complementarias.

La resolución judicial recoge que la consejera había aportado un informe médico a un procedimiento judicial previo relacionado con una solicitud de conciliación por presuntas injurias y calumnias. Según el auto, el investigado recibió copia de esa documentación en el marco del procedimiento, y posteriormente la incorporó a una solicitud presentada ante el Cabildo de El Hierro en la que reclamaba la dimisión de la consejera de Turismo.

El Juzgado sostiene de forma indiciaria que el investigado, “lejos de hacer un uso responsable de la documentación que le fue entregada, destinándola a la defensa de sus pretensiones en aquel procedimiento”, la presentó ante la administración insular, “dejando así al descubierto todos los datos médicos de las patologías que padece la denunciante”. Esa actuación habría generado “un enorme perjuicio personal y laboral”, al tratarse de información médica que “no era conocida en su entorno laboral”. Durante la investigación, varios testigos confirmaron que el informe médico quedó incorporado a un expediente administrativo al que pudieron tener acceso distintos trabajadores públicos del Cabildo de El Hierro.

El auto señala que las diligencias practicadas permiten sostener provisionalmente que el investigado tuvo acceso a “datos especialmente sensibles relativos a su estado de salud, patologías y tratamientos médicos” y que, “con pleno conocimiento de la naturaleza reservada de dicha información y sin consentimiento de su titular”, incorporó el documento a una solicitud administrativa acompañada de manifestaciones sobre la capacidad de la consejera del Cabildo de El Hierro para ejercer sus funciones públicas.

El juez destaca que las declaraciones recabadas durante la instrucción evidencian que el contenido del informe médico “pudo ser conocido por diversos empleados públicos del Cabildo”, estimándose que entre nueve y quince personas tuvieron acceso potencial a la documentación. Según recoge la resolución, varias de esas personas desconocían previamente las patologías reflejadas en el informe.

La investigación también determinó el origen del registro electrónico mediante el que se presentó la documentación. El juzgado indica que se pudo acreditar que la solicitud fue remitida desde una dirección IP asociada al investigado, circunstancia que, según el auto, “refuerza así su vinculación directa con la remisión de la documentación”.

En sus conclusiones, el magistrado afirma que existen indicios racionales de que el empresario “obtuvo conocimiento de datos especialmente protegidos relativos a la salud de la perjudicada y procedió posteriormente a su comunicación o difusión a terceros sin autorización de su titular, provocando el acceso de diversas personas a información reservada perteneciente a su intimidad personal”. El juez acuerda continuar la tramitación de las diligencias por un presunto delito de revelación de secretos previsto en el artículo 197, apartados 2, 3 y 5 del Código Penal. 

La resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de reforma ante el propio tribunal, señala el auto.

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